SUMARIO

SUMARIO

                                                  TITULO I

                                           ENTORNO ESCOLAR
1.- INTRODUCCIÓN ………………………………………………………………….. 5
2.- DESCRIPCIÓN DEL CENTRO Y DEL ENTORNO ………………………6
3.- DESCRIPCIÓN DEL PROFESORADO ……………………………………..6
4.- CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO …………………………………….7
5.- RELACIONES DEL CENTRO CON EL ENTORNO …………………….7
5.1.- CON OTROS CENTROS EDUCATIVOS DE
PRIMARIA Y EDUCACIÓN INFANTIL ……………………………………………7
5.2.- INSTITUTO «CONDE DE ORGAZ» ………………………………………..8
5.3.- E.O.E.P. (Equipo de Orientación Educativa
y Psicopedagógica) ……………………………………………………………………. 8
5.4.- CTIF MADRID-CAPITAL Y CRIF LAS ACACIAS ………………………8
5.5.- JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO ………………………………………….8

TITULO II
                     PRINCIPIOS, VALORES Y OBJETIVOS

6.- PRINCIPIOS DIDÁCTICO-METODOLóGICOS……………………………. 9
7.- VALORES QUE ORIENTAN LA VIDA DEL CENTRO ……………………9
8.- FORMULACIÓN GENERAL DE OBJETIVOS………………………………10
8.1.- ÁMBITO PEDAGÓGICO ………………………………………………………10

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8.2.- ÁMBITO INSTITUCIONAL……………………………………………………. 10
8.3.- ÁMBITO HUMANO Y CONVIVENCIA……………………………………..11

TITULO III
                            ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO

9.- ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO…………………………………. 12
9.1.- UNIPERSONALES. EL EQUIPO DIRECTIVO…………………………….12
9.2.- COLEGIADOS. CONSEJO ESCOLAR Y CLAUSTRO
DE PROFESORES ………………………………………………………………………. 15
9.3.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE DEL
CENTRO ……………………………………………………………………………………. 17
9.3.1.- EQUIPOS DE CICLO ………………………………………….……….17
9.3.2.- COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA ……………………18
9.3.3.- LOS TUTORES……………………………………………………………………19
9.3.4.- DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN……………………………………22
10.- ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS (A.M.P.A.).
ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES ……………………………………………… 22
10.1.- FINALIDAD DE LA A.M.P.A. …………………………………………………..22
10.2.- UTILIZACIÓN DE LOS LOCALES DEL CENTRO
POR LA A.M.P.A. …………………………………………………………………………. 22
10.3.- COMPETENCIAS DE LA A.M.P.A. ………………………………………….22
10.4.- ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES ORGANIZADOS POR LA
A.M.P.A. ……………………………………………………………………………………….. 23

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10.5.- CARACTERÍSTICA DE LAS ACTIVIDADES
EXTRAESCOLARES …………………………………………………………………….  23

 TITULO IV
                             REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR (R.R.I.)

11.- ORGANIZACIÓN………………………………………………………………………. 24
11.1.- DE ESPACIOS………………………………………………………………………..24
11.2.- DE TIEMPOS …………………………………………………………………………24
11.3.- DE MATERIAL………………………………………………………………………..26
11.4.- PLAN DE EMERGENCIA…………………………………………………………26
12.- ESTRUCTURA…………………………………………………………………………27                                      12.1.- ÓRGANOS UNIPERSONALES……………………………………………….. 27
12.2.- ÓRGANOS COLEGIADOS……………………………………………………….27
12.2.1.- CLAUSTRO DE PROFESORES ……………………………………………28
12.2.2.- CONSEJO ESCOLAR…………………………………………………………..28
13.- ALUMNOS………………………………………………………………………………..28
13.1.- AGRUPAMIENTOS………………………………………………………………….28
13.2.- DERECHOS……………………………………………………………………………28
13.3.- DEBERES………………………………………………………………………………30
13.4.- DEBERES PARA CASA……………………………………………………………30
13.5.- ORGANIZACIÓN INTERNA DE LOS ALUMNOS ………………………..31

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14.- NORMAS DE CONVIVENCIA……………………………………………………. 31
14.1.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS………………………….31
14.1.1.- MEDIDAS CORRECTIVAS ………………………………………………….31
14.1.2.- QUIEN IMPONE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS …………….…..32
14.2.- CONDUCTAS GRAVEMENTE CONTRARIAS A LAS NORMAS …32
14.2.1.- MEDIDAS CORRECTIVAS …………………………………………………32
14.2.2.- QUIEN IMPONE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS …………….…. 33
14.2.3.- CONSIDERACIONES…………………………………………………………33
15.- PADRES DE ALUMNOS…………………………………………………………..33
15.1.- DERECHOS…………………………………………………………………………33
15.2.- DEBERES……………………………………………………………………………34
15.3.- A.M.P.A. ………………………………………………………………………………34
16.- PERSONAL NO DOCENTE………………………………………………………35
16.1.- CONSERJES ………………………………………………………………………35

                                                         TITULO I
                                         ENTORNO ESCOLAR

1.- INTRODUCCION
Nos planteamos la necesidad de un P.E.C. para el C.P. «Esperanza», no sólo
porque es preceptivo contar con él, sino porque creemos en la necesidad de definir la
filosofía, los principios y la organización que nos permita seguir una línea educativa en
nuestros alumnos.
No debemos olvidar que el centro es el resultado de la fusión de otros cuatro

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colegios con características y, a veces, con realidades diferentes que eran desconocidas
entre sí, por lo que se hace más necesario que nunca que nos impliquemos todos,
profesores, padres y alumnos, para elaborar el P.E.C. dentro de un clima participativo.
Después de casi dos cursos de convivencia, de muchas horas de diálogo, de
detectar problemas, de buscar soluciones, el diseño del P.E.C. nos servirá para
establecer los siguientes aspectos:
– Notas de identidad y descripción del centro y su entorno.
– Valores y objetivos que orientarán el quehacer diario.
– Reglamento de Régimen Interior y aspectos organizativos que hagan más fácil la
convivencia, la comunicación y el entendimiento.

Una vez aprobado el P.E.C. por el Consejo Escolar todos los componentes de la
Comunidad educativa deben atenerse a lo que se haya escrito en el mismo, no pudiendo
individualizar su contenido, debiendo respetar los principios de coordinación que se
establecen en él.
Se utilizarán todos los canales disponibles para difundir el contenido del Proyecto
Educativo de Centro (P.E.C.)

 2.- DESCRIPCIÓN DEL CENTRO Y DEL ENTORNO

Se trata de un centro docente público dependiente de la Comunidad Autónoma
de Madrid en el que actualmente se imparten enseñanzas de Educación Infantil (E.I.) y
Primaria (E.P.)
Está situado en el barrio de Canillas, en el distrito de Hortaleza, en una zona
educativa con otros tres colegios públicos más, un centro de Educación Especial y dos
institutos de secundaria.
Consta de tres edificios, dos en un mismo recinto y otro dedicado a E.I. separado
unos 500 m.
Uno de ellos (el antiguo «Gabriela Mistral», sito en Carretera de Canillas, 98)
consta de 7 aulas, una sala de usos múltiples, servicios y un despacho en su piso
superior. En la planta baja cuenta con un comedor, un patio cubierto y otro descubierto
con arenero.
El edificio de Primaria es el antiguo «Nicaragua», sito en la Calle Andorra – 12.
Este consta de dos construcciones que están juntas, una consta de nueve aulas, un
salón de actos, un aula de pretecnología, una sala de psicomotricidad y un gimnasio. El
otro edificio tiene 13 aulas, biblioteca, sala de juntas, sala de profesores, sala de
reprografía, dos despachos, una sala para la A.P.A., comedor con cocina donde se
elaboran la comida diariamente. Tiene cuatro patios escalonados y separados por

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escaleras, uno de ellos habilitado para deportes.

3.- DESCRIPCIÓN DEL PROFESORADO

El número de profesores/as es el que corresponde a la plantilla adscrita al centro
y que se detalla en el D.O.C. al comienzo de cada curso, siendo un total de 25
profesores más un profesor de PT compartido con otro centro. También contamos con
medio profesor de AL aunque está nombrado en el CEIP Garcilaso de la Vega y no
contabiliza en nuestra plantilla.
El profesorado es definitivo en su totalidad; los cambios que se producen se debe
a que algunos de ellos se encuentran en otros servicios de la Administración. Esta
estabilidad permite seguir durante el tiempo necesario una línea educativa y además
enriquecerse con las aportaciones de los profesores que pasan provisionalmente por el
centro.
El profesorado por lo general lleva varios cursos en el centro y está asentado
en el mismo salvo algunos cambios producidos por algunas condiciones excepcionales
como jubilaciones o cambios de residencia.
Predominan las profesoras sobre los profesores en un porcentaje aproximado de
4/1.

4.- CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO

El centro acoge alumnos de 3 a 12 años. Prácticamente todos viven en zonas
próximas, por lo que vienen a pie desde sus domicilios.
La ratio es de 1/22 aproximadamente. La mayor parte del alumnado permanece
en el centro hasta que terminan su escolaridad.
El absentismo escolar es escaso.
Hay un 14 % de alumnado de procedencia extranjera y en su mayoría se
incorporan en los primeros cursos de E. Infantil, por lo que están perfectamente
integrados en el sistema educativo español desde el primer momento.

5.- RELACIONES DEL CENTRO CON EL ENTORNO

      5.1.- CON OTROS CENTROS EDUCATIVOS DE PRIMARIA Y
EDUCACIÓN INFANTIL

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– Se mantienen contactos a la hora de resolver problemas comunes: escolarización
de alumnos, asuntos de comedor, etc.
– También se organizan conjuntamente (unas Olimpiadas deportivas escolares.)
actividades, tanto para padres, como para los alumnos y de esa manera, por un
lado, se rentabilizan los recursos (en el caso de cursos o utilización de edificios)y
por otro se fomenta la convivencia.

5.2.- INSTITUTO «CONDE DE ORGAZ»

– Se mantendrá una estrecha relación, ya que a él están adscritos nuestros
alumnos para que estudien E.S.O., la relación se desarrollará en dos vertientes:
– Coordinación didáctica y pedagógica.
– Acercamiento mutuo mediante visitas de los alumnos, actividades
culturales, etc.

 5.3.- E.O.E.P. (Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica)
– Siguiendo el plan de trabajo que se apruebe en la P.G.A. contaremos con un
orientador y una PTSC (Profesor Técnico de Servicio a la Comunidad).
– Además de valoraciones individuales de alumnos, se trabajarán aspectos
generales que demande el profesorado.
– Se ejercerá también el apoyo a las familias, bien individualmente o a través de
escuelas de padres.

5.4.- CTIF MADRID-CAPITAL Y CRIF LAS ACACIAS

El Centro mantendrá una relación estrecha con estas dos entidades de formación del
profesorado adscritas a la Dirección General de Innovación, Becas y Ayudas a la
Educación con la siguiente finalidad:
· La elaboración, coordinación y ejecución de planes y actividades de formación
de profesorado en el centro que sean innovadoras.
· La elaboración y difusión de materiales de apoyo didáctico de carácter
innovador.
· La identificación de experiencias educativas consideradas como buenas
prácticas y la realización de actividades para promover su intercambio y
difusión.
· El asesoramiento al profesorado y equipo directivo para el desarrollo de los
proyectos que le encomiende la Dirección General competente en materia de
formación del profesorado.

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5.5.- JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO

       – Con su Concejal Presidente se negocian las obras a realizar o aspectos relativos
a la limpieza y conservación del centro.
– A través de la Asistencia Social para familias que necesitan algún tipo de apoyo.
– Se gestionan otros aspectos con el/la técnico/a de educación (actividades
extraescolares, becas de comedor, etc.)
– El centro participa en los programas de Salud bucodental, Escoliosis,
Vacunaciones, etc.
– Se participa con los Servicios centrales del Ayuntamiento a través del programa
«Madrid un libro abierto».
– La Junta Municipal nombra a un representante en el Consejo Escolar.

Por último, reseñar que se trabaja con el asesoramiento de la C.M. y de la
Inspección Técnica.

   5.6.- UNIVERSIDADES Y PRÁCTICUM

Colaboramos con las Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado y
Facultades, en la iniciación en la práctica docente directa, en la orientación pedagógica
y organizativa y el conocimiento del funcionamiento de los centros educativos con el
apoyo y bajo tutela de profesores en ejercicio.
La realización de las prácticas de los alumnos de Grado de Magisterio de Educación
Infantil y de Educación Primaria en los centros educativos de la Comunidad Madrid es
una actividad de naturaleza formativa cuyo objetivo es permitir a los alumnos aplicar y
complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica.

                                                            TITULO II
                                     PRINCIPIOS, VALORES Y OBJETIVOS

6.- PRINCIPIOS DIDÁCTICO-METODOLÓGICOS

– Se parte de los conocimientos previos de los alumnos para ir construyendo un
aprendizaje significativo que les lleve a situaciones aplicables y con sentido para
ellos.
– El aprendizaje tiene un enfoque globalizador.
– Se promueve la autonomía del alumno en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
– La metodología en el aula es activa y participativa con el uso de las nuevas
tecnologías.
– Tenemos en cuenta las peculiaridades de los alumnos y sus ritmos de
aprendizaje.
– Nuestra exigencia para con los alumnos está en consonancia con el proceso
seguido en el aula, haciéndoles tomar conciencia de sus posibilidades y de las

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      dificultades que tendrán que superar, desarrollando al tiempo su propia
autoestima.
– Se potencia la coordinación para, entre otros aspectos, establecer una
metodología común.
– Evitamos cualquier tipo de discriminación en el agrupamiento de alumnos,
promoviendo la posibilidad de grupos flexibles.
– Iniciamos a los alumnos en la adquisición de técnicas de estudio, de trabajo
individualizado y en grupo.
– Establecemos una interacción adecuada maestro-alumno y alumnos entre sí,
para que se produzca una buena adquisición de relaciones sociales.
– Se fomenta el autocontrol y la autocorrección para desarrollar hábitos de
responsabilidad y autonomía.
– Partiendo de la evaluación inicial, ésta será continua, entendida como un proceso
sistemático de análisis y valoración. La evaluación será también sumativa
(observación en el aula, pruebas orales, pruebas escritas, etc.). Si la evaluación
no es positiva se toman medidas en cuanto a la recuperación de alumnos.

7.- VALORES QUE ORIENTAN LA VIDA DEL CENTRO

Perseguimos la formación integral de nuestros alumnos desarrollando todos los aspectos de su personalidad: intelectual, social, afectiva, corporal, estética…; por ello los
valores que impregnan nuestra labor educativa son:
– La solidaridad, la colaboración y la ayuda mutua.
– La tolerancia, la comprensión y el respeto a la diversidad.
– La salud, aceptando la propia imagen corporal, fomentando actitudes lúdicas y
deportivas.
– La creatividad que nos haga disfrutar del placer estético.
– La responsabilidad: fomentando el espíritu de trabajo, la autodisciplina y el
desarrollo de actitudes críticas
– La educación para la vida.
– El respeto a la Naturaleza y al Medio Ambiente.

8.- FORMULACIóN GENERAL DE OBJETIVOS
     8.1.- ÁMBITO PEDAGÓGICO

a)  Ayudar al alumno a descubrir y potenciar sus posibilidades afectivas, intelectuales
y físicas y a aceptar sus propias cualidades y limitaciones.
b)  Formar al alumno en el descubrimiento y la utilización de procedimientos básicos
adecuados para obtener la información necesaria que les permita comprender y
resolver una situación y valorar el gusto por el trabajo bien hecho.
c)  Fomentar la afición por la lectura, el gusto por la apreciación del patrimonio
musical y artístico y la práctica de los deportes como elementos disuasorios de
ámbitos menos saludables.
d)  Favorecer la creación de hábitos de respeto hacia el medio ambiente, fomentando

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           en los alumnos el orden y la limpieza en las dependencias escolares.
e)  Inculcar el sentimiento de respeto a las personas mayores y de los buenos
modales en los diferentes momentos de la vida cotidiana.
f)  Fomentar actitudes que favorezcan la capacidad para desenvolverse con
autonomía en el grupo familiar y social.
g)  Crear ámbitos de higiene física y mental que permitan un desarrollo personal
sano, una estima por el propio cuerpo y su bienestar, una mejor calidad de vida y
unas relaciones interpersonales basadas en el respeto y la cordialidad.
h)  Potenciar comportamientos individuales inspirados en los valores humanos.
i)  Contrarrestar los ejemplos de violencia de los medios de comunicación.
j)  Establecer las adaptaciones curriculares necesarias para responder a la
diversidad del alumnado.

      8.2.- ÁMBITO INSTITUCIONAL

a)  Alentar la participación de todos los sectores de la comunidad educativa,
respetando los principios de funcionamiento democrático y fomentando su
implicación en la gestión institucional.
b)  Establecer relaciones adecuadas y constructivas con las familias y facilitar la
adaptación de los nuevos alumnos que se incorporan al centro.
c)  Establecer y proporcionar vías de participación del alumnado en el
funcionamiento diario del centro para educar en los valores democráticos de
colaboración respeto y tolerancia.

 8.3.- ÁMBITO ADMINISTRATIVO

a ) Adoptar un tipo de gestión clara y transparente, apoyada por una organización de
carácter participativo, en la que la toma de decisiones importantes que afecten al
centro se lleve a cabo por medio de comisiones mixtas de todos los estamentos
que constituyen el centro.
b)  Procurar la integración del profesorado en proyectos de innovación educativa.
c)  Establecer entre el profesorado una dinámica donde se potencie la búsqueda de
formas de trabajo atractivas para el alumnado, priorizando la labor de equipo, así
como el cometido y la coordinación de los ciclos.
d)  Conseguir un mayor aprovechamiento de las dependencias del centro, del
material didáctico, coordinando y optimizando su utilización.

8.4.- ÁMBITO HUMANO Y CONVIVENCIA

a) Fomentar sentimientos que favorezcan la igualdad entre las personas y el respeto
mutuo, desterrando cualquier comportamiento que manifieste actitudes sexistas,
racistas o de cualquier otra índole que suponga menosprecio de las personas.
b)  Educar en la solidaridad con las desigualdades sociales potenciando actitudes de
ayuda, respeto y comprensión.
c)  Procurar que se establezca un ambiente escolar en el que se desarrolle la

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           comunicación entre las personas, los hábitos de diálogo y de compresión de las
opiniones ajenas y cualquier actitud que favorezca la convivencia humana.
d)  Hace crecer entre el alumnado la autonomía personal, el desarrollo de su espíritu
crítico y el respeto a las opiniones y gustos distintos.
e)  Fomentar modelos de convivencia no violenta, aprendiendo a resolver las
situaciones difíciles sin recurrir a la violencia.
f)  Educar para la paz, intentando desarrollar actitudes de equilibrio, ecuanimidad y
objetividad ante situaciones conflictivas.
g)  Intentar que los alumnos, como personas en período de formación adquieran una
visión positiva de la vida, descubriendo el lado positivo de las cosas y de las
personas.

                                                                  TITULO III

                                          ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO

9.- ÓRGANOS DE GOBIERNO

Los colegios de Educación Infantil y Educación Primaria tienen órganos de
gobierno de dos clases: unipersonales y colegiados.
Los órganos unipersonales son aquellos cuyo titular es una sola persona
física: Director, Jefe de Estudios y Secretario.
Los órganos colegiados son pluripersonales, están integrados por varias
personas físicas, que pueden ser miembros del órgano por designación (en
nuestro centro, el representante del Ayuntamiento en el Consejo Escolar) o por
elección (cualquiera de los representantes del profesorado, padres o personal no
docente)y son: Consejo Escolar del Centro y Claustro de Profesores.
Los principales fines de los Órganos de Gobierno del Centro son los
siguientes:
* Garantizar que todas las actividades que se desarrollan en el Centro están
en el marco de los principios constitucionales.
* Garantizar la neutralidad ideológica y la libertad de cátedra.
* Garantizar el respeto a las opciones religiosas, morales o éticas de todos
los componentes de la Comunidad Educativa.
* Asegurar la calidad de la enseñanza en el Centro.
* Velar para que se cumplan los objetivos y fines de la educación
expresados en estos proyectos.

9.1.- UNIPERSONALES: EL EQUIPO DIRECTIVO

Está compuesto por: El Director, el Jefe de Estudios y el Secretario.
Las competencias de cada uno son las siguientes:

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      DIRECTOR:

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad  educativa.
b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias
atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.
c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes  para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de    los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y  alumnas,    en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al  Consejo    Escolar en el artículo 127 de esta Ley orgánica. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.
g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que  faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio  y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y      valores de los alumnos y alumnas.
h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus    competencias.
j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y
documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro.
l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la
presente Ley Orgánica.
m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del
Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las
Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.»

JEFE DE ESTUDIOS:

a) Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal
docente en todo lo relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y
complementarias de maestros y alumnos en relación con el P.E.C., los P.C.C. y la
P.G.A. y, además, velar por su ejecución.
d) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios
académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el

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      Claustro y con el horario general incluido en la P.G.A., así como velar por su
estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador
del centro, conforme al Plan de Acción Tutorial; para ello convocará, al menos,
tres reuniones de tutores durante el curso y cuantas otras sean necesarias para
realizar adecuadamente esta función.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el Centro de
Profesores, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como
planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas en el
Centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Coordinar la realización de actividades complementarias, según las directrices
aprobadas por el Consejo Escolar del Centro.
j) Coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el Centro.
k) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en las
actividades no lectivas.
l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro de su
ámbito de competencia.

SECRETARIO:

a) Ordenar el régimen administrativo del Centro, de conformidad con las directrices
del Director.
b) Actuar como Secretario de los órganos de Gobierno del Centro, levantar acta de
las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
c) Custodiar los libros y los archivos del Centro.
d) Expedir las certificaciones que solicitan las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales y del material
didáctico.
g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de
administración y servicios adscrito al Centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Centro.
i) Ordenar el régimen económico del Centro, de conformidad con las directrices del
Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades
correspondientes.
j) Velar por el mantenimiento material del Centro con todos sus aspectos de
acuerdo con las indicaciones del Director.
k) Controlará, por delegación del director, las cuentas de gestión del comedor
escolar, así como todo lo relativo a los alumnos becarios.
l) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de
competencia.

9.2.- COLEGIADOS: CONSEJO ESCOLAR Y CLAUSTRO DE PROFESORES.

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     CONSEJO ESCOLAR:
1. El Consejo Escolar del Centro es el órgano de participación de los diferentes
miembros de la Comunidad Educativa.
En nuestro Centro está compuesto por:
a) Sector profesorado:
– El Director del Centro que será su presidente.
– El jefe de estudios.
– Cinco maestros elegidos por el Claustro.
– El secretario, que actuará como secretario de Consejo, con voz pero sin
voto.
b) Sector de los padres de alumnos:
– Cinco padres, uno de ellos designado directamente por la A.M.P.A.
c) Un representante del Ayuntamiento.
d) Un representante del Sector de Administración y Servicios.

2. Reuniones del Consejo Escolar.
Las reuniones del Consejo Escolar se celebrarán en el día y con el horario
que posibilite la asistencia de todos sus miembros. Generalmente se celebrarán a
las 12:30 horas.
La antelación mínima para enviar la documentación que vaya a ser objeto
de debate y, en su caso, aprobación, será de una semana.
La periodicidad de las reuniones será:
a) Preceptivamente
– Una reunión al principio de curso.
– Una reunión a final de curso.
– Una reunión, como mínimo, al trimestre.
b) Sin periodicidad determinada.
– Con carácter de urgencia, siempre que la convoque el Director, con la
antelación necesaria para que todos sus miembros se enteren de la
misma.
– Cuando sea solicitada por un tercio, al menos, de los consejeros.
3. Las Comisiones:
En el seno del Consejo deberá haber, al menos, las siguientes Comisiones:
a. Permanente.
b. Económica.
c. Convivencia.
4. Atribuciones:
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:
a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del
título V de la presente Ley orgánica.

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                b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las
competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y
organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección
presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la
presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los
demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus
miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del
nombramiento del director.
e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo
establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan
a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el
director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la
convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o
tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las
medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro,
la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación
por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la
resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo
escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 122.3.
i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y
culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y
organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en
las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la
Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la
calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la
calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.»

EL CLAUSTRO DE PROFESORES:

El Claustro es el órgano propio de participación de los maestros en el
Centro.
Está presidido por el Director e integrado por la totalidad de los maestros
que prestan servicios docentes en él.

1.-Competencias
a) Elevar al Equipo Directivo propuestas para la elaboración del P.E.C. (Proyecto

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    Educativo de Centro) y de la P.G.A. (Programación General Anual).
b) Establecer los criterios para la elaboración de los P.C.E. (Proyecto Curricular de
Etapa), aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de
los mismos.
c) Aprobar los aspectos docentes de la P.G.A. e informar de ésta antes de su
presentación al Consejo Escolar.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación
pedagógica.
e) Elaborar el Plan de Formación del Profesorado del Centro.
f) Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y en el Consejo de Centros de
Profesores.
g) Elegir a su representante para la comisión de selección del Director del centro.
h) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los
alumnos.
i) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.
j) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los maestros.
k) Analizar y valorar trimestralmente la marcha general y la situación económica del
Centro.
l) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del Centro a través
de los resultados de las evaluaciones.
ll) Conocer las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno.
m) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la
Administración Educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.

2.- Reuniones del Claustro
Las reuniones del Claustro se clasifican en:
a) Preceptivas:
– Una al principio de curso.
– Una cada trimestre.
– Una al final del curso.
b) Optativas:
– Siempre que la convoque el Director.
– Siempre que lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros.
La asistencia a las sesiones del Claustro es obligatoria para todos los
miembros docentes del Centro.

9.3. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE DEL CENTRO
a) Maestros tutores.
b) Equipos docentes.
c) Comisión de Coordinación Pedagógica.

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Maestros tutores

1. Cada grupo de alumnos tendrá un maestro tutor designado por el director, a
propuesta del jefe de estudios. El nombramiento recaerá, con carácter preferente, en
aquel maestro que imparta más horas de docencia en el grupo.
2. El maestro tutor coordinará la acción educativa de todos los maestros que
intervienen en la enseñanza de un grupo, presidirá las sesiones de evaluación que
celebren los maestros de dicho grupo, propiciará la cooperación de los padres o
tutores legales en la educación de los alumnos y les informará sobre la marcha del
aprendizaje de sus hijos. Asimismo, orientará y velará por el cumplimiento del plan de
convivencia y de las normas de conducta establecidas por el centro.
3. Cada grupo de alumnos podrá tener el mismo maestro tutor durante dos años
consecutivos, prorrogables a un tercero, siempre con el visto bueno del director del
centro.

Equipos docentes

1. Los maestros que imparten docencia en el segundo ciclo de Educación Infantil
formarán parte del equipo docente de Educación Infantil. El coordinador será un
maestro del ciclo, preferentemente con destino definitivo y horario completo en el
centro, designado por el director a propuesta del jefe de estudios. Su nombramiento
tendrá una duración de dos años académicos prorrogables hasta cuatro años a criterio
de la dirección del centro.
2. Los maestros que imparten Educación Primaria constituirán dos equipos docentes:
El primero estará integrado por los maestros que impartan docencia en los tres
primeros cursos y el segundo, en los tres últimos cursos de la etapa. Los maestros
especialistas que no ejerzan la función de maestros tutores se adscribirán al equipo en
el que impartan más horas de docencia.
3. Cada uno de los dos equipos docentes de Educación Primaria tendrá un
coordinador designado por el director a propuesta del jefe de estudios. Este
coordinador será un maestro preferentemente con destino definitivo y horario completo
en el centro. Su nombramiento tendrá una duración de dos años académicos
prorrogables hasta cuatro años a criterio de la dirección del centro.
4. El jefe de estudios podrá organizar los equipos docentes en grupos más reducidos
para una mayor eficiencia de los mismos, en virtud de la autonomía organizativa y del
número de unidades de cada centro.
5. Las funciones de los equipos docentes de Educación Infantil y de Educación
Primaria son las siguientes:
a) Establecer criterios comunes respecto a los contenidos mínimos exigibles y
competencias que debe alcanzar el alumno para superar cada uno de los cursos.
b) Desarrollar y evaluar medidas organizativas y académicas para atender a la
diversidad de los alumnos.
c) Colaborar en las evaluaciones determinadas por la Administración educativa.
d) Analizar y valorar los resultados académicos alcanzados por los alumnos en los
procesos de evaluación interna y en las evaluaciones determinadas por la
Administración educativa, y en su caso, establecer planes de mejora.
e) Colaborar en la elaboración de las normas de convivencia y de conducta dentro del
plan de convivencia.
f) Cualquier otra función asignada por el jefe de estudios en el ámbito de su
competencia.

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6. Las funciones de los coordinadores de los equipos docentes son las siguientes:
a) Convocar y presidir las reuniones del equipo docente, establecer el orden del día y
levantar acta de los acuerdos alcanzados.
b) Elevar a la Comisión de Coordinación Pedagógica las propuestas organizativas y
académicas formuladas por el equipo docente.
c) Proponer planes de formación al jefe de estudios.
d) Coordinar los planes de mejora de los resultados académicos de las evaluaciones.
e) Organizar actividades complementarias y extraescolares.
f) Cualquier otra función asignada por el jefe de estudios en el ámbito de su
competencia.

Comisión de Coordinación Pedagógica

1. La Comisión de Coordinación Pedagógica es el órgano que coordina la actividadacadémica y lectiva el centro.
2. La Comisión de Coordinación Pedagógica estará formada por los siguientes
miembros:
a) El director del centro, que será su presidente.
b) El jefe de estudios.
c) Los coordinadores del segundo ciclo de Educación Infantil, de los cursos primero
a tercero y de cuarto a sexto de Educación Primaria.
d) El coordinador de las tecnologías de la información y la comunicación.
e) El orientador que tenga asignado el centro.
3. En el caso de existir proyecto bilingüe, podrá incorporarse a la Comisión de
Coordinación
Pedagógica el coordinador del mismo.
4. Las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica son las siguientes:
b) Fomentar la participación del centro en proyectos educativos.
c) Impulsar planes para la mejora del rendimiento académico.
d) Elaborar el procedimiento a seguir en la detección y atención a los alumnos con
necesidad específica de apoyo educativo.
e) Informar al consejo escolar sobre sus actividades en la memoria final.
f) Cualquier otra que se determine en el ámbito de la autonomía de los centros.
5. Las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica en los centros con
menos de doce unidades serán asumidas por el claustro de profesores.

9.3.4.- DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN

En nuestro Centro hay un Departamento de Orientación con un maestro
licenciado en Pedagogía responsable del mismo, que realiza las siguientes
funciones:
1. Orientación del Servicio de Intervención Psicopedagógica y Orientación.

10.- ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES DE ALUMNOS (A.M.P.A.).ACTIVIDADES       EXTRAESCOLARES

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      10.1.- FINALIDAD DE LA A.M.P.A.
La A.M.P.A. asumirá los siguientes fines:
a) Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus
hijos o pupilos.
b) Colaborar en las actividades educativas del Centro.
c) Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del Centro.
d) Facilitar la representación y la participación de los padres en los Consejos
Escolares de los Centros Públicos.
e) Cualesquiera otras que, en el marco de la normativa a que se refiere el punto
anterior, le asignen sus respectivos estatutos, dentro del marco de la Ley.

 10.2.- UTILIZACIÓN DE LOS LOCALES DEL CENTRO POR LA A.M.P.A.

La A.M.P.A. podrá utilizar los locales del Centro para la realización de las
actividades que le son propias, a cuyo efecto el Director facilitará la integración de
dichas actividades en la vida escolar, teniendo en cuenta el normal desarrollo de
la misma.
A efectos de la utilización de los locales, será necesaria la previa
comunicación de la Junta Directiva de la asociación a la Dirección del Centro y su
expresa autorización.
En nuestro Centro la A.M.P.A. dispone del uso de un local, con carácter
permanente, para el desarrollo de sus actividades internas.

10.3.- COMPETENCIAS DE LA A.M.P.A.

a) Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del P.E.C. y de la P.G.A
a través de su representante en el Consejo Escolar.
b) Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del Centro que
considere oportunos.
c) Informar a los padres de su actividad.
d) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
e) Elaborar propuestas de modificación del R.R.I.
f) Formular propuestas para la realización de actividades complementarias que, una
vez aceptadas, deberán figurar en la P.G.A.
g) Recibir un ejemplar del P.E.C. del P.C. de etapa y de sus modificaciones.
h) Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros del Centro para el buen
funcionamiento del mismo.
i) Disponer de las instalaciones del Centro en los términos que establezca el
Consejo Escolar.

10.4.- ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES ORGANIZADAS POR LA A.M.P.A.

La Asociación de Padres organiza actividades extraescolares en el Centro
en horario a partir de las 16 h. Tiene como finalidad el complementar los estudios
que realizan sus hijos. La mayoría de ellas son de carácter deportivo (fulbito,
karate…), aunque también las hay de carácter cultural y educativo (informática,

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baile).

10.5.- CARACTERÍSTICAS DE LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

a) Su organización, habitualmente, corre a cargo de una empresa que se dedica a
este tipo de actividades. Los monitores que las realizan son personal de esta
empresa, desvinculándose el Centro de cualquier responsabilidad laboral en
relación a los mismos. En todo caso el A.M.P.A. deberá entregar al Director, a
principios del comienzo de las actividades, una copia del contrato con dicha
empresa, una copia del seguro de responsabilidad civil y los TFR de los monitores
contratados.
b) Se procurará que los precios de las mismas sean lo más ajustados posible.
c) Todos los alumnos/as (y antiguos alumnos/as) del Centro tendrán derecho a
participar en las mismas pagando las cuotas correspondientes.
d) La A.M.P.A. podrá rebajar el precio de las actividades a los hijos de los socios de
la misma, pero la diferencia nunca será excesiva, ya que no se puede forzar a
nadie a que se haga socio de una organización por cuestiones de compensación
económica.
e) La organización de un nuevo tipo de actividad siempre será posible si se sufraga
con las cuotas de los demandantes.
f) La planificación de las actividades extraescolares será aprobada por el Consejo
Escolar a principios de cada curso académico; al final del mismo se incluirá en la
Memoria del Centro un resumen y valoración de las mismas.

 

                                                         TITULO V
                       REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR (R.R.I.)

11.- ORGANIZACIÓN

11.1.- DE ESPACIOS
a) Se tenderá a que toda la E. Infantil esté ubicada en el edificio Esperanza II,
además del comedor para los alumnos del citado edificio.
b) En el edificio principal estarán ubicadas las aulas de los grupos de Primaria
de 1º a 3º ambos inclusive, además de un aula para Música, otra para
Religión, otra para recuperación de alumnos, dos de informática, una de
inglés, el vestuario del personal de limpieza, un aula destinada usos
múltiples, un espacio dedicado la Sala de reunión de profesores, la
biblioteca, el comedor con cocina, el despacho de la A.M.P.A., y las
dependencias de Administración formadas por una salita de reuniones,

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      Dirección, Secretaría- Jefatura de Estudios y sala de reprografía.
c) En el edificio situado junto a la entrada al centro estarán ubicadas: en el 1º
piso, la sala de M.A.V. y la de Pretecnología, en el 2º piso, las aulas de 4º
a 6º. Y con entrada por el exterior están: el gimnasio y el laboratorio.
Se intentará, dentro de lo posible, que las tres aulas del 1º piso queden
para actividades extraescolares de la A.P.A.
La situación de cada curso será fija y a medida que los niños avancen de
nivel se trasladarán a una nueva aula.
En los lugares comunes como: sala de M.A.V., Pretecnología, Laboratorio,
Biblioteca, Sala de Psicomotricidad y Gimnasio se harán horarios de
utilización para su mejor aprovechamiento al comienzo de cada curso
escolar.
Las tutorías se realizarán en la misma aula de cada curso.

11.2.- DE TIEMPOS

– Al haber padres con hijos en ambos edificio, las clases en el edificio «Esperanza
II» adelantan su horario 10 minutos, comenzando las clases a las 8’50 h. y
a las 14’20 h. y terminando a las clases a las 12’20 h. y a las 15’50 h.
respectivamente.
– La 6ª hora de obligada permanencia en el centro se realizará de 12,30 a
13,30 horas.
– La distribución de las horas lectivas las realizará, al comienzo de cada
curso escolar, el Jefe de Estudios, siguiendo unos criterios pedagógicos y
unas normas que todos los cursos deberán figurar en la P.G.A.
– La entrada y salida de los alumnos a/de los edificios se realizará formando
filas, para mejorar el orden en los pasillos y se responsabilizará de cada
curso el tutor o, en su caso, el profesor que les va a impartir o ha impartido
clase a esa hora, siendo los profesores que tienen el turno de recreo de
ese día los que se encargarán de formarles en las filas.
– Durante los cambios de clase por parte de los especialistas o de los
profesores que tienen que sustituir, el profesor que está en el edificio
principal permanecerá en clase hasta que el profesor que vaya del otro
edificio o el tutor llegue y si el cambio se realiza entre profesores del
edificio principal, el que está en el curso inferior permanecerá en el aula
hasta que llegue el del curso superior. En cualquier caso, se harán los
cambios lo más rápidamente posible.
Los criterios de sustitución de un profesor cuando haya una
ausencia será el siguiente:
1º.- Profesor con acumulación de restos horarios.
2º.- Profesor sin niños, en ese momento
a) El tutor, en el caso de faltar especialistas.
b) El profesor del curso más próximo.
3º.- Profesor con algún cargo: Coordinación, Biblioteca, etc.

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     4º.- Profesor con apoyo a niños con dificultades.
– Si un alumno llega con retrasos injustificados 3 veces en un mes, o con
mayor frecuencia, el tutor hablará con los padres para tratar de corregir tal
deficiencia y de persistir dará cuenta al Equipo directivo quien tomará las
medidas oportunas.
– En las horas de entrada de la mañana y de la tarde las puertas del patio se
abrirán cinco minutos antes de empezar las clases (se aconseja a los
alumnos del edificio de Primaria que accedan al centro por la puerta de la
calle Gomeznarro, para evitar el peligro de los coches).
A la hora de entrar, los padres de alumnos de Primaria dejarán a los
alumnos en las puertas de acceso al patio, para evitar aglomeraciones y
permitir que los alumnos se coloquen en filas.
A la hora de salida, los padres podrán esperar a sus hijos en el
patio, cuidando de no obstruir las salidas.
– Una vez finalizadas las clases los alumnos deben abandonar el recinto
escolar, para que se pueda atender a los alumnos del comedor, al
mediodía y a los que participan en actividades extraescolares, por la tarde.
Ningún alumno puede quedarse en el patio, ya que en Centro no puede
responsabilizarse de su seguridad.
– El horario de visitas de los profesores con los padres y las del Equipo
Directivo se especificará cada curso en la P.G.A.

11.3.- DE MATERIAL

– Cada material específico estará custodiado en su sala correspondiente:
libros, en la biblioteca; aparatos audiovisuales, en su sala; utensilios de
laboratorio, en el mismo; material de música, en su aula, etc. y cualquier
material que se vaya a utilizar eventualmente, será devuelto a su lugar una
vez utilizado y si va a ser depositado en un aula por un período largo de
tiempo, se deberá notificar al profesor encargado de ese material.
– La distribución del presupuesto económico para su adquisición se hará por
Ciclos.
– Los libros de texto y el material didáctico impreso utilizado en el centro, no
podrá ser sustituidos antes de haber transcurrido un período mínimo de 4
años, a no ser que por razones pedagógicas y científicas, previa petición
de autorización a la Dirección Provincial y con el informe favorable del
Consejo Escolar, el Centro lo considere necesario. Para ello, debe de
haber unanimidad de criterios y consenso entre los tutores, así como una
coherencia y adecuación en la selección de los libros de texto y material
didáctico por lo cual velará el Jefe de Estudios. Conviene que exista una
cierta relación entre los libros de los diferentes ciclos así como seguir una
línea editorial determinada por materias.
– Las instalaciones del centro podrán ser utilizadas, tanto en el horario
escolar como fuera de él, además de por los profesores, por cualquier otra
persona o Entidad, teniendo siempre en cuenta la normativa vigente.

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11.4.- PLAN DE EMERGENCIA

La Orden del M.E.C. de 13-11-1984 (B.O.E. 17-11-1984) dice que la
práctica de evacuación de edificios deben constituir un componente más de la
educación de los alumnos, tanto desde en punto de vista individual como desde
un punto de vista social y comunitario. Asimismo dice que estas prácticas se
efectuarán todos los años durante los tres primeros meses del curso académico.
A tal fin se realizará todos los años, al menos, un simulacro de evacuación
en cada edificio que componen el Centro escolar, preferentemente durante el
primer trimestre del curso académico y en el que se tendrán en cuenta, entre
otros, los siguientes aspectos:
a) La señal de alarma será el timbre destinado a tal efecto.
b) Cada curso escolar se determinará qué profesor es el encargado de que
no se quede ningún alumno rezagado, cual es el orden de salida (se
empieza por los pisos más bajos y por las aulas más cercanas a las
puertas de salida) y cuál es el supuesto de evacuación.
c) Para favorecer que la salida se haga de forma rápida y ordenada, sería
deseable que cada profesor, con su tutoría, ensayara previamente el
recorrido a seguir, le explicara a los alumnos las normas fundamentales
que deben seguir en casos de evacuación y que exista, bien visible, una
adecuada señalización, en el edificio principal.
d) El punto de concentración para los simulacros será el patio de tierra más
alejado de los edificios.
e) Se tendrá previsto cómo y cuándo saldrán las personas que en ese
momento se encuentren discapacitadas.
f) Se debe determinar, también, la forma de actuar del personal no docente
que trabaja en el colegio y cual será su cometido.
g) Una vez realizado el simulacro, el Director del Centro enviará un informe a
la Dirección de Área Territorial.

12.- ESTRUCTURA Y ÓRGANOS DE GOBIERNO

12.1.- UNIPERSONALES. Reparto de responsabilidades no establecidas en la
normativa vigente.
Los miembros del Equipo Directivo de este Centro impartirán las horas que
les correspondan según la normativa vigente, preferentemente en los últimos
cursos de Primaria en el caso de profesores de Primaria y en su especialidad en
el caso de profesores especialistas.
A lo largo de la semana el Equipo dispondrá en su horario de una hora en
común para realizar labores de coordinación, analizar problemas surgidos y
planificar la semana siguiente.

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12.2.- COLEGIADOS
– Son pluripersonales, están integrados por varias personas físicas, que
pueden ser miembros por designación o por elección
– Estarán presididos por el Director del Centro, y, en su ausencia por el que
reglamentariamente le sustituya.
– Las reuniones serán convocadas según la normativa vigente, por escrito e
indicando el orden del día, las de carácter extraordinario se convocarán
con el tiempo suficiente para la información de todos sus miembros
siempre que a juicio del presidente tenga la urgencia necesaria.
– Las reuniones se realizarán preferentemente los jueves a las 12,30 horas.

12.2.1.- CLAUSTRO DE PROFESORES

– Son de obligada asistencia para todos sus miembros.
– Cuando sus miembros lo estimen oportuno se formarán aquellas
comisiones de trabajo que sean necesarias procurando que en ellas estén
al menos un miembro de cada ciclo educativo, y las personas especialistas
en el tema que estén en el Centro.

12.2.2.- CONSEJO ESCOLAR

– Además de la prescriptiva comisión de Convivencia, en el C.P. Esperanza
funcionarán las siguientes comisiones:
Económica, Permanente y Comedor.
– Cada una de las comisiones estará presidida por el Director/a del Centro
y al menos un miembro del sector padres y profesores.
– El representante del Ayuntamiento y del personal no docente
pertenecerá, al menos, a una comisión.
– De las deliberaciones y acuerdos que se tomen en las distintas
comisiones se informará a la totalidad de los miembros del Consejo
Escolar en la siguiente reunión.

13.- ALUMNOS

13.1.- AGRUPAMIENTOS

– Los profesores que dejan a los alumnos (en los cursos de 5 años de E.I., 2º y 4º
de E.P.) junto con los profesores especialistas, son los que deciden las
agrupaciones de alumnos para el siguiente ciclo.

13.2.- DERECHOS

1- Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno
desarrollo de su personalidad.

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2- Todos los alumnos tendrán derecho a una igualdad de oportunidades que se
promoverá mediante la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo,
capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o
religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o
cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
3- Los alumnos tienen derecho a que su rendimiento sea evaluado con plena
objetividad.
4- Con el fin de garantizar el derecho a la evaluación con criterios objetivos, los
centros deberán hacer públicos los criterios generales que se van a aplicar
para la evaluación de los aprendizajes y la promoción de los alumnos.
5- A fin de garantizar la función formativa que ha de tener la evaluación y lograr
una mayor eficacia del proceso de aprendizaje de los alumnos, los tutores y
los profesores mantendrán una comunicación fluida con éstos y sus padres.
6- Todos los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar para conseguir
el máximo desarrollo personal y social según sus capacidades, aspiraciones o
intereses.
7- Todos los alumnos tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle
en las debidas condiciones de seguridad e higiene.
8- Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus
convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo
que respecta a tales creencias o convicciones.
9- Todos los alumnos tiene derecho a que se respete su integridad física y moral
y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos
vejatorios o degradantes.
10- Los centros estarán obligados a guardar reserva sobre toda aquella
información de que dispongan acerca de las circunstancias personales y
familiares del alumno.
11- Los alumnos tiene derecho a percibir las ayudas precisas para compensar
posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, de forma que se
promueva su derecho de acceso a los distintos niveles educativos.
12- Los alumnos forzados a un traslado obligatorio del lugar de residencia
habitual recibirán asimismo espacial atención.
13-Cuando no se respeten los derechos de los alumnos, o cuando cualquier
miembro de la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de dichos
derechos, el órgano competente del centro adoptará las medidas que
procedan conforme a o dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia

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de los interesados y consulta, en caso, al Consejo Escolar del centro.

13.3.- DEBERES

1- El estudio constituye un deber básico de los alumnos y se concreta en las
siguientes obligaciones:
a) Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al
desarrollo de los planes de estudio.
b) Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las
actividades del centro.
c) Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y
mostrarle el debido respeto y consideración.
d) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.
2- Los alumnos debe respetar la libertad de conciencia y las convicciones
religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los
miembros de la comunidad educativa.
3- Constituye un deber de los alumnos la no discriminación de ningún miembro
de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por
cualquier otra circunstancia personal o social.
4- Los alumnos deben respetar el proyecto educativo o el carácter propio del
centro, de acuerdo con la legislación vigente.
5- Los alumnos deben cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las
instalaciones del centro y respetar las pertenencias de los otros miembros de
la comunidad educativa.

13.4.- DEBERES PARA CASA

     Con el fin de reforzar el aprendizaje y crear hábitos de estudio, creemos
conveniente que los alumnos/as deben realizar tareas en casa como
complemento a las actividades realizadas en clase.
Se tendrá en cuenta según los ciclos:
– El tiempo que se va a dedicar a estas actividades.
– Incidir en el aspecto lúdico de la lectura.
– Que sean enriquecedoras y no demasiado repetitivas.

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 13.5.- ORGANIZACIÓN INTERNA

Un alumno de 5º curso y otro de 6º podrán formar parte del Consejo
Escolar a través de la Comisión de Convivencia con voz pero sin voto.

14.- NORMAS DE CONVIVENCIA

14.1.-CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.

a) Actos de indisciplina, injurias u ofensas contra miembros de la Comunidad
Educativa.
b) Agresión leve, física o moral, a un compañero.
c) Deterioro leve, de forma intencionada, del material del Centro o de algún
compañero.
d) Daños causados por uso indebido en los locales, material o documentos del
Centro.
e) Actos injustificados que perturben el normal desarrollo de las actividades del
Centro.

14.1.1.- MEDIDAS CORRECTIVAS

a) Amonestación privada o por escrito.
b) Comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios.
c) Realización de trabajos específicos en horario no lectivo.
d) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y el desarrollo de las
actividades en el centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a
las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otro miembro
de la comunidad educativa.
e) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o
complementarias del centro, realizando, en su caso, las tareas que le fueren
impuestas por el profesor.
f) Cambio de grupo del alumno por un plazo máximo de una semana,
realizando, en su caso, las tareas que le fueren impuestas por el profesor.
g) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo
máximo de 3 días. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno
deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la
interrupción del proceso formativo.
h) Suspensión del derecho de asistencia al centro por un plazo máximo de 3
días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá
realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción
del proceso formativo.

14.1.2.- QUIÉN IMPONE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS

Profesor del alumno: apartados a),b)

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Tutor :  apartados a), b), c), d)
Jefe de Estudios: apartados b), c), d), e), f)
Comisión de Convivencia
O Director, por delegación
del Consejo Escolar: apartados g), h)
Consejo Escolar: apartados g), h)

14.2.- CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA
CONVIVENCIA

a) Actos de indisciplina, injurias u ofensas contra miembros de la comunidad
educativa.
b) La reiteración, en el mismo curso escolar, de conductas contrarias a las
normas de convivencia.
c) La agresión grave, física o moral, contra los demás miembros de la
comunidad educativa o la discriminación grave por cualquiera de las razones
enumeradas en el artículo 12.2a).
d) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación
o sustracción de documentos académicos.
e) Daños graves causados por uso indebido o de forma intencionada en los
locales, material o documentos del centro o en los bienes de otros miembros
de la comunidad educativa.
f) La perturbación grave e injustificada del normal desarrollo de las actividades
el centro.
g) La realización de actos o la introducción en el centro de objetos y sustancias
peligrosas o perjudiciales para la salud
h) El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas.

14.2.1.- MEDIDAS CORRECTIVAS

a) Realización de tareas fuera del horario lectivo, que podrán contribuir a la
mejora y el desarrollo de las actividades en el centro o, si procede, dirigidas a
reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o a las
pertenencias de otro miembro de la comunidad educativa.
b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o
complementarias del centro.
c) Cambio de grupo del alumno.
d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un
período superior a cinco días en inferior a dos semanas.
e) Suspensión del derecho de asistencia al centro por un período a tres días
lectivos e inferior a un mes.
f) Cambio de centro.

14.2.2.- QUIEN IMPONE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS

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        Las medidas correctivas de las conductas gravemente perjudiciales para la
convivencia en el centro podrá resolverlas la Comisión de Convivencia, siempre
que haya acuerdo de los padres o tutores legales del alumno por escrito.
En el caso de no haber acuerdo de los padres o tutores legales del alumno
resolverá el Consejo Escolar tras la incoación del correspondiente expediente
académico de acuerdo con los artículos 23, 24, 25,26 y 27 de la Orden 136/2002
de 25 de julio.

14.2.3.- CONSIDERACIONES

En todo caso, en la aplicación de las medidas correctivas deben
considerarse los siguientes aspectos:
a) Tener carácter educativo y recuperador.
b) Respetar el derecho del resto de los alumnos.
c) Procurar la mejora en las relaciones de todos los miembros de la Comunidad
Educativa.
d) Respetar el derecho a la educación y, en su caso, el derecho a la
escolarización.
e) No ser contrarias a la integridad física y dignidad personal del alumno/a.
f) Ser proporcionales a la conducta del alumno.
g) Contribuir a la mejora de su proceso educativo.
h) Tener en cuenta la edad, así como las circunstancias personales, familiares o
sociales del alumno.
i) Graduarse, teniendo en cuenta todo lo anterior y, además, lo establecido en el
artículo 45 del R.D. citado.

15.- PADRES DE ALUMNOS

15.1.- DERECHOS

1- A que sus hijos reciban una educación conforme a los principios del presente
P.E.C.
2- Ser informado de la conducta y el rendimiento escolar de sus hijos.
3- Colaborar en actividades educativas y extraescolares.
4- Pertenecer o crear asociaciones de padres.
5- Formar parte del Consejo Escolar según lo establece la normativa vigente.
6- La Asociación de Padres de alumnos tendrá derecho a utilizar los locales del
Centro para las actividades aprobadas por el Consejo Escolar en la P.G.A. de

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cada curso.

15.2.- DEBERES

1- Colaborar en el cumplimiento de los deberes de sus hijos en el Centro.
2- Atender a las citaciones del Centro y mantener entrevistas periódicas con el
profesor.
3- Justificar las faltas de asistencia y puntualidad.
4- Respetar las normas del Centro en cuanto a horarios de visitas, salidas de
alumnos etc…
5- Cuidarán de que sus hijos no traigan al Centro instrumentos peligrosos para
ellos y sus compañeros.
6- Cumplir y hacer cumplir el P.E C. en la medida que les corresponde.

NOTA: De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, se informa que la difusión del texto de esta resolución a
partes no interesadas en el contexto educativo en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a
cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un
especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando
proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con
fines contrarios a las leyes. Así mismo, de conformidad con el Informe 0077/2013 emitido por
la Agencia Española de Protección de Datos, los padres/madres y/o representantes legales
de los alumnos menores matriculados en el Centro carecen de consentimiento expreso
e inequívoco de la Dirección del Centro y del personal docente que presta sus servicios
en el mismo como empleados públicos, para la captación, grabación y difusión por
cualquier medio electrónico, telemático y digital de imagen, video y sonido de los
precitados empleados públicos en el ejercicio de sus funciones, como en los casos de
entrevistas individuales y reuniones generales entre padres/madres y/o representantes
legales de los menores con profesores, tutores, equipo directivo, sin perjuicio de que de
las posibles infracciones en la vulneración del requisito del consentimiento expreso e
inequívoco se dará traslado a los Servicios Jurídicos dependientes de la Consejería de
Educación de la Comunidad de Madrid y a la Agencia Española de Protección de Datos para la
investigación y esclarecimiento de los hechos

15.3.- A.M.P.A:

Son fines concretos de la asociación:

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1- Colaborar con la dirección y profesorado del colegio para el cumplimiento de
lo dispuesto en la legislación sobre enseñanza, especialmente en lo que se
refiere a las relaciones entre las familias y el colegio.
2- Cooperar con el Centro en lo relativo a su labor cultural y social determinando
los medios para ello y aportando ayuda económica en los casos que se
considere oportuno.
3- Organizar, coordinar y vigilar las actividades aprobadas por el Consejo
Escolar fuera del horario lectivo.

16.- PERSONAL NO DOCENTE

16.1.- CONSERJES

1- Los conserjes escolares tendrán a su cargo el servicio de puertas en la
jornada escolar y la custodia del edificio e instalaciones en todo momento.
También atenderán al orden interior, movimiento de alumnos y gestiones de
relación que se les encomiende.
2- Los conserjes escolares estarán a las órdenes inmediatas de la Dirección de
los Centros escolares.
3- Deben dar cuenta de los desperfectos, averías o daños que observen, así
como de toda novedad que estime pueda alterar la buena marcha de la
función docente asimismo deberán comunicar la finalización de las obras
realizadas.
4- Vigilar la realización de las faenas de limpieza escolar y colaborar en la
limpieza cuando el personal específico no se halle en el Centro.
5- Inspeccionar, antes de iniciarse y una vez concluidas las clases, el estado del
edificio y de las instalaciones, especialmente en lo que se refiere a puertas,
ventanas, luces, llaves de paso de agua, gas, calefacción, etc…
6-En cumplimiento a su función de vigilancia no permitirá la entrada de personal
ajeno al Centro, sin autorización, ni la salida de ningún alumno sin permiso.
7-Velar por que las salidas de emergencia estén en orden, comprobando su
estado, al menos, una vez a la semana.

31

 

  • Este Proyecto educativo ha sido actualizado, modificado y aprobado el 11 de
    octubre de 2018 y fue aprobado inicialmente por el Consejo escolar del Centro el día
    veintinueve de junio de dos mil seis.